Asuntos propios, vacaciones, licencias, turnos y horas extra.
El convenio nuevo dice que las vacaciones se pagan con la media de todos los conceptos salariales de los doce meses anteriores (art. 20.1). Antes se tomaban solo los tres últimos meses.
En la práctica, quien haya hecho muchas noches o festivos justo antes de irse de vacaciones cobrará algo menos que antes, y quien los haya hecho en otros meses del año, algo más.
Los 30 días naturales de vacaciones son un mínimo que fija la ley (Estatuto de los Trabajadores, art. 38.1). El calendario de vacaciones tiene que estar cerrado en el segundo mes del año.
Respondida el 20/10/2026
Con el convenio nuevo hay que pedirlo con un mínimo de 5 días naturales de antelación. Antes bastaba con 72 horas.
A cambio, la empresa solo puede negarlo en los tres días siguientes a la petición, y únicamente porque coincida con otros compañeros o, más adelante, por fuerza mayor. Si en esos tres días no te contestan que no, ya no te lo pueden negar por coincidencia. Te recomendamos pedirlo por escrito o a través de la aplicación de la empresa, para que quede constancia de la fecha.
Respondida el 20/10/2026