Cambio de empresa

Lo que ha dicho la Dirección sobre pasar a otra sociedad del grupo y qué derechos conservas tú si te lo proponen.

Lo esencial

  • La Dirección asegura que no hay ningún proyecto para pasar a nadie a otra empresa del grupo.
  • Nadie puede cambiarte de empresa sin tu firma. La única excepción es que se traspase un departamento o una actividad entera, con su gente, sus medios y su trabajo.
  • No firmes nada sobre un cambio de empresa sin que lo revise antes el Comité o el sindicato.

En la reunión del 16 de septiembre de 2026, la Dirección afirmó que no hay ningún proyecto para trasladar a personal de OVAVIT a otra sociedad del grupo y que no se está trabajando en ese cambio.

Aun así, el Comité mantiene su recomendación: no firmes nada relacionado con un cambio de empresa, ya sea un contrato, un anexo o un papel que te presenten como un simple trámite, sin que antes lo revise el Comité o el sindicato.

Respondida el 20/10/2026

No, mientras sigas trabajando en España.

Se te sigue aplicando la ley laboral española, y ninguna cláusula que firmes puede quitarte esa protección (Reglamento europeo Roma I, art. 8). Si tuviera que reclamar, lo haría ante los tribunales de Málaga, y una cláusula firmada de antemano que te mande a tribunales de otro país no tiene validez. Y seguiría cotizando a la Seguridad Social española, porque se cotiza donde se trabaja.

Respondida el 20/10/2026

No basta, aunque sea verdad. La antigüedad no te la pueden quitar en ningún caso, así que prometértela es solo cumplir la ley. Y mantener el sueldo de hoy no es lo mismo que mantener el convenio, que es lo que te asegura las subidas de cada año, las cuatro pagas extraordinarias, los nuevos tramos de antigüedad, los pluses y el complemento cuando está de baja.

Antes de valorar cualquier propuesta, pide por escrito cuatro datos: qué convenio se te aplicaría, con su código; cuántas pagas tendría al año; cuánto cobraría en total al año en bruto; y qué antigüedad te reconocen, con su fecha. Si falta alguno, no firmes.

Si tienes las pagas prorrateadas, pasar de cuatro pagas a las dos que exige la ley te supondría perder más o menos una mensualidad al año.

Respondida el 20/10/2026

No. La ley solo permite cambiar de empresa a alguien sin su permiso, lo que se llama subrogación, cuando se traspasa una organización completa, con sus medios, su estructura y su actividad. Si no es así, el cambio de empresa necesita el consentimiento de cada persona, y ni el Comité ni el sindicato pueden darlo por ti.

Si no firmas, sigues siendo trabajador de OVAVIT, con tu convenio y tu antigüedad.

Si te comunican un cambio con el que no estás de acuerdo, lo recomendable es hacer dos cosas a la vez: dejar por escrito que se opone y seguir trabajando con normalidad. Entrega además al Comité una copia de todo lo que te den.

Respondida el 20/10/2026